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lunes, enero 6, 2025
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El Gobierno Nacional reglamento la ley de paridad de género

Hace dos años se sancionó la norma y se usará por primera vez este año en las elecciones PASO de agosto y las generales del mes de octubre.
Cabe resaltar que dicha ley establece que las listas de candidatos deben conformarse en un 50% por hombres y mujeres.

Finalmente el gobierno nacional reglamentó la ley de paridad de género, que fuera sancionada hace dos años y establece claramente que las listas de candidatos al Congreso y al Parlamento del Mercosur deben conformarse en un 50 por ciento por mujeres y hombres, de manera consecutiva e intercalada.
Además la norma avanza también sobre la vida de los partidos al establecer que también sea aplicable al «ámbito interno de las agrupaciones políticas».

La ley 27.412 de paridad de género, se aplicará este año por primera vez en agosto y en las generales del mes de octubre.

Fue publicado en el Boletín Oficial, el decreto 171, que lleva la firma del Presidente de la Nación Mauricio Macri, junto al Jefe de Gabinete Marcos Peña y el Ministro del Interior Rogelio Frigerio, que define «la paridad de género en ámbitos de representación política».

El decreto establece en su artículo número 12 que el género del candidato o candidata estará determinado por el sexo reconocido en el documento nacional de identidad, vigente al momento del cierre del padrón electoral, independientemente del sexo biológico o en su defecto, constancia de rectificación del sexo inscripta en el Registro Nacional de las Personas, de conformidad con lo establecido en el art.7° de la Ley N° 26.743

Vía:Télam

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