Boletín Oficial: entró en vigencia la ley de emergencia

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Establece, entre otras medidas, un dólar a $82 para compras en el exterior, la suspensión del cálculo del haber jubilatorio, actualización de retenciones.

El Gobierno nacional promulgó en la tarde de este lunes la ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva con su respectiva publicación en el Boletín Oficial.

La norma había sido aprobada entre el jueves y el viernes pasado en una doble sesión en el Congreso de las cámaras de Diputados y Senadores, respectivamente.

Entre los principales puntos, figuran:

Divisas

– Se crea un impuesto a la adquisición de dólares del 30 por ciento que se aplicará tanto para su atesoramiento como para compras realizadas en el exterior con tarjeta de crédito y débito. Este impuesto regirá por cinco años.

– Se eximen del impuesto a los viajes internacionales a países limítrofes.

– Este tributo no se aplicará para los gastos referidos a prestaciones de salud, compra de medicamentos, adquisición de libros en cualquier formato y utilización de plataformas educativas. Ni para proyectos de investigación.

– El gobierno podría disminuir la alícuota del impuesto o suspender el mismo si lo considera necesario.

– La recaudación del impuesto se utilizará en un 70 por ciento para financiar los programas de la Anses, y 30 por ciento para solventar obras de infraestructura económica y vivienda social, financiar el fideicomiso.

Deuda pública

– Se faculta al gobierno a realizar las gestiones y los actos necesarios para recuperar y asegurar la sostenibilidad de la deuda pública.

– El gobierno deberá informar los resultados de esta negociación ante la comisión Bicameral Permanente de Seguimiento y Control de la Gestión de Contratación y de Pago de la Deuda Exterior de la Nación del Congreso.

Tarifas

– El gobierno quedará facultado para iniciar un proceso de renegociación de la Revisión Tarifaria Integral vigente por el plazo de meses, y podrá intervenir por un año los entes reguladores de electricidad y gas.

Pymes

– Se instrumentará un plan de moratoria para el pago de deuda de las micro y mini pymes, con excepción de aquellas deudas vinculadas a las ART, impuestos de combustibles y sobre juegos de azar.
– Habrá rebajas de contribuciones patronales para las empresas pequeñas y medianas.
También se da autorización para que el gobierno pueda segmentar las alícuotas para pymes agropecuarias.

Impuestos

– Se modifica el mecanismo para calcular el ajuste por inflación en los balances de las empresas.

– Se aumentan en forma progresiva el impuesto de bienes personales pero se mantienen exceptuadas a pagar el impuesto a los bienes que no superen los tres millones de pesos.

– Se aumenta la alícuota de bienes personales para los activos en el exterior.

– Suben montos mínimos para el pago de impuestos internos a la importación de vehículos, motos y embarcaciones deportivas.

– Duplican tasas de estadística para importar bienes de consumo.

– Los bonos, cajas de ahorro y plazos fijos en pesos ya no pagarán renta financiera.

Agro

– El proyecto contempla otorgar facultades al Poder Ejecutivo para incrementar en tres puntos porcentuales los derechos de exportación a productos agrícolas con topes que no podrán superar el 33% para el poroto de soja y del 15% para los productos que no tributaban la alícuota antes del 2 de septiembre de 2018, entre los que se encuentran el maíz y el trigo, entre otros.

– El Poder Ejecutivo deberá establecer mecanismos de compensación de los efectos de los derechos de exportación específicos para pequeños productores y cooperativas.

– Las exportaciones en materia minera y de hidrocarburos tendrán un tope del 8%.

– La recaudación de los derechos de recaudación se distribuirán en un 67% para Anses y 3% para emprendimientos agropecuarios, y será administrado por el Ministerio de Agricultura.

Jubilaciones

– Se suspende por plazos por 180 días la aplicación de la movilidad jubilatoria.

– Autoriza al gobierno a poder fijar trimestralmente los incrementos que otorgará a la clase pasiva.

– Quedan fuera de la suspensión los regímenes las víctimas de la Ley Brisa, judiciales, docentes, ex funcionarios nacionales y científicos ya que esos grupos tienen sistemas que garantizan un determinado ingreso con relación a los activos.

Salarios

– Autorizan a disponer aumentos por decreto.

Reservas

– Autorizan al Tesoro a emitir letras en dólares y usar reservas para pagar vencimientos de deuda.