Anses eliminó un requisito importante para el cobro de la asignación por ayuda escolar

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Mediante una Resolución Oficial, el Gobierno nacional dispuso que este año y debido al contexto social y económico, que atraviesa el País, no será necesario presentar el certificado de alumno regular a diciembre de 2019.

Este lunes, mediante la publicación del Boletín Oficial, el Gobierno flexibilizó el trámite para que familias de entre 4 y 17 años de edad puedan cobrar la asignación de ayuda escolar 2020 que entrega la Anses. Desde ahora, no será necesario presentar el certificado de alumno regular a diciembre de 2019 como estaba estipulado.

El organismo dispuso que quienes no hayan presentado esos certificados podrán presentarse hasta el próximo 31 de diciembre.

La medida consideró necesario “continuar profundizando el trabajo articulado con los distintos organismos y ministerios para realizar acciones conjuntas que tiendan a resolver las barreras para que los niños, niñas y adolescentes puedan acceder y sostener el derecho a la Seguridad Social”.

El Régimen de Asignaciones Familiares (ley 24.714), indica la resolución, prevé la asignación por ayuda escolar anual «se hará efectiva en el mes de marzo de cada año, se abonará por cada hijo que concurra regularmente a establecimientos de enseñanza básica y polimodal o bien, cualquiera sea su edad, si concurre a establecimientos oficiales o privados donde se imparta educación diferencial”.

El decreto 433/2015 estableció que la asignación por ayuda escolar anual se liquidará al inicio del ciclo lectivo para los niños, niñas y adolescentes de cuatro a 17 años inclusive, tras la presentación del certificado pertinente que acredite la condición de alumno/a regular del establecimiento educativo, hasta el 31 de diciembre de cada año.

En agosto pasado, la resolución 203 de la Anses supeditó el pago de la asignación a que se acredite en forma efectiva la escolaridad.

La resolución que firma ahora el titular del organismo, Alejandro Vanoli, señaló sin embargo la vigencia de la reciente ley 27.541, que declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social, “debido a la gravedad de la situación económica que afronta el país”.

“En función del contexto económico y social de emergencia y ante el inminente inicio del ciclo lectivo”, indicó la norma, corresponde derogar la anterior obligación y restituir el pago masivo de la asignación por ayuda escolar aun cuando no se haya presentado todavía el certificado correspondiente hasta fines del año pasado.