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sábado, enero 11, 2025
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El Banco Central respaldó la orden de devolver los descuentos a los jubilados que cobraron el bono

Indebidamente las entidades bancarias en donde jubilados cobran sus haberes y percibieron el primer bono de $5.000, habrían ejecutado descuentos de manera arbitraria e ilegal, por lo que desde el Banco Central se ordenó realizar devoluciones.

Luego de varias denuncias realizadas por parte de los jubilados, en donde informaron sobre descuentos que entidades bancarias les realizaron tras cobrar el bono, ahora el Banco Central también ordenó que las entidades financieras corten esa práctica y reintegren los montos descontados.

Ya fue distribuida en los bancos la Comunicación “B” 11928/2019 en la que se especifica cómo actuar. «Nos dirigimos a Uds. con relación al Decreto de la referencia, a los efectos de señalarles que conforme a lo establecido en su artículo 7°, los subsidios extraordinarios otorgados en el marco de esa disposición no son susceptibles de descuento alguno», aclara la entidad bancaria madre.

Los jubilados cobraron un bono de hasta $5 mil en diciembre y cobrarán otro igual en enero. Los destinatarios de la Asignación Universal por Hijo cobraron $2 mil por niño. Y los bancos ejecutaron descuentos sobre ese dinero, generando muchos problemas. Ahora el Central explicó que los bancos no pueden deducir ningún descuento. «No corresponde deducir de esos beneficios ningún tipo de concepto, sea por operaciones concertadas con la propia entidad financiera pagadora o con terceros, tales como cuotas de préstamos otorgados con código de descuento, comisiones o cargos por servicios adicionales a la cuenta contratados por el beneficiario, débitos automáticos para el pago de impuestos, servicios y otros conceptos, etc», aclara la Comunicación.

El reintegro debe ser automático. «En orden a lo indicado, las entidades financieras deberán arbitrar los medios para el reintegro inmediato de la totalidad de los importes descontados en contravención a lo dispuesto en el citado artículo 7°», ordena el BCRA.

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