Así lo afirma la decisión tomada por el máximo tribunal quien solicitó a la provincia que arbitre los medios necesarios «de modo de garantizar el efectivo ingreso al territorio provincial, con cumplimiento de las medidas sanitarias que estime pertinentes, de todos los ciudadanos que lo hayan solicitado».
La medida fue tomada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación quien de manera urgente ordenó al gobierno del peronista Gildo Insfrán a que “arbitre los medios necesarios” para “garantizar el efectivo ingreso” a la provincia de Formosa en un plazo máximo de 15 días hábiles -y con el” cumplimiento de las medidas sanitarias que estime pertinentes”- de “todos los ciudadanos que lo hayan solicitado”.
La resolución del máximo tribunal se enmarca en una causa de amparo colectivo iniciada por los abogados Carlos Lee y Fabrizio Villaggi Nicora en pos del dictado de una medida cautelar que ordene al Ejecutivo provincial el reingreso de ciudadanos que, por no ser autorizados a retornar bajo razones sanitarias esgrimidas por el Gobierno de Insfrán, se encuentran varados fuera de la provincia.
Por su parte desde el Gobierno de la Provincia de Formosa indicaron que los permisos “se otorgan previo cumplimiento de los requisitos” establecidos por el Consejo de Atención Integral para la Emergencia Covid-19, “conforme a las plazas disponibles en los Centros de Alojamiento Preventivo, a la evaluación de la situación epidemiológica y por aplicación de los criterios y prioridades previstos en la normativa sanitaria”.
Agregó que a esa fecha la provincia contaba con 1.455 plazas en sus centros de alojamiento, “los que se encontraban ocupados con ingresos programados para noviembre y diciembre”. Y que “conforme al orden de prioridad se asigna una fecha de posible ingreso”, sujeto a la presentación de un test PCR con resultado negativo dentro de las 72 horas.
Además indicó que, “por fuera de lo que la provincia brinda gratuitamente”, las personas que “puedan hacerlo” tienen la posibilidad de ir a hoteles habilitados, haciéndose cargo de los costos de estadía, médicos y de seguridad.
La Corte intervino haciendo lugar al amparo colectivo presentando luego de la trágica muerte de Mauro Ledesma, un joven de 23 años que se ahogó cuando quiso cruzar a nado el río Bermejo desde Chaco a Formosa para ver a su hija. Ledesma había intentado sacar el permiso de circulación varias veces, pero se lo habían negado porque su domicilio en el Registro Nacional de las Personas figuraba en la provincia de Córdoba y no había adjuntado ninguna documentación con respecto a una situación prioritaria. “No tuvimos ningún elemento como para poder trabajar y priorizar su ingreso. Sentimos mucho la muerte”, argumentó el ministro de Gobierno, Jorge González.
Además, Amnistía Internacional había denunciado que eran más de 7.500 las personas que reclamaban el regreso a sus casas.
Formosa es, junto a Misiones, una de las dos provincias con menos casos de contagios y muertos en el país, con solo un fallecido por el virus.